Fuente: Estudio Carosella
Mediante el Decreto 833/2020 publicado en el Boletín Oficial el 1/11/2020 se procede
a ampliar la moratoria fiscal reglada por la Ley 27.541 en los siguientes aspectos:
1. Se prorroga hasta el 30/11/2020 el plazo para acogerse a dicho plan de facilidades
2. La 1° cuota será el día 16/01/2021
3. La AFIP dictará la normativa complementaria y aclaratoria para instrumentar
el presente decreto
Por lo tanto sin variar ninguno de los contenidos de esta Ley, salvo los mencionados
precedentemente, los contribuyentes tendrán plazo para acogerse a la misma 30 días
más de los previstos en la misma.
Podrán acceder al Decreto haciendo click aquí.
Más información: info@cema.com.ar