NOVEDADES DE ÚLTIMO MOMENTO: ACUERDO EXTRAORDINARIO ENTRE FAIMA Y USIMRA. SUMA NO REMUNERATIVA PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA MADERERA.
Las partes signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 335/75, FAIMA (Federación Argentina de la Industria Maderera y Afines) y USIMRA (Unión de Sindicatos de la Industria Maderera de la Rca. Argentina), han arribado al siguiente acuerdo de pago extraordinario, elevado al Mrio. De Trabajo para su homologación:
Se establece el pago de una suma no remunerativa y extraordinaria a la totalidad del personal comprendido en la CCT 335/75, que se imputará como “Acuerdo Extraordinario USIMRA-FAIMA”.
El monto acordado asciende a la suma total neta de $ 400.- la que será abonada en 2 (dos) cuotas de $ 200.- cada una juntamente con los haberes de la 1º quincena de marzo y la 1º de Abril respectivamente.
Dado que se trata de una suma no remunerativa y extraordinaria, la misma no se incorporará a los salarios básicos y no tendrá incidencia, ni será tenida en cuenta para el pago de ninguna remuneración accesoria, cualquiera fuera el origen, naturaleza o denominación de la misma. Queda también excluida de toda base de cálculo.
Esta SNR generará únicamente el cumplimiento de las obligaciones legales emergentes para con los aportes (a cargo de los trabajadores) de la Obra Social de la Industria Maderera – OSPIM.
Las partes se comprometen a cumplir con las pautas acordadas y mantener la paz social obligándose a agotar sus esfuerzos para lograr la resolución de eventuales conflictos que puedan surgir y que puedan afectar el desarrollo de las actividades, utilizando para ello en forma efectiva, todos los recursos a su alcance en materia de diálogo y negociación.
FAIMA y USIMRA pactan la presentación de este acuerdo por ante el Mrio. De Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su pertinente homologación.
Suscripto en CABA, a los 14 días del mes de Marzo de 2013.
Circular Informativa Cema Nº 5. 15/03/2013