CUIDEMOS A NUESTRA GENTE
CUIDEMOS A LA FAMILIA MADERERA
En el día de hoy fue publicado en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 450/2020
sobre la ampliación de actividades y servicios esenciales de emergencia en los términos
del Decreto 297/20. En su Artículo 1, Punto 3 dice «…, aserraderos, fábricas de productos
de maderas y fábricas de colchones…», junto a otras actividades. A partir de este momento
nuestras empresas podrían comenzar a trabajar.
Pero NO CAIGAMOS EN UNA APERTURA INDISCRIMINADA. Seamos conscientes
que estamos ante el próximo pico de contagio de la pandemia que ha producido, en el
mundo, miles y miles de muertos. La Industria del sector debe obrar con responsabilidad.
Es absolutamente necesario que PENSEMOS Y SEAMOS PREVISORES antes de abrir
las plantas y no después. Es preferible tardar algún tiempo más en abrir que generar un foco
infeccioso que no solo puede poner en riesgo a la gente que trabaja con nosotros
sino a todos los círculos familiares vinculados a la empresa.
Por eso desde CEMA les queremos hacer llegar material con protocolos de seguridad
en vigencia para diferentes situaciones. Haciendo click en cada uno podrán descargar
los siguientes documentos:
Haciendo click aquí podrán encontrar material y documentos necesarios para
la re apertura de las empresas.
Quedan excluídos de lo anterior la actividad comercial de venta al público
y atención de gente. Esto definirá la conveniencia o no de abrir.
Un tema que estamos averiguando es en qué situación queda el sector
frente a las medidas de apoyo que el gobierno otorgó en los últimos días.
Podemos comenzar, pero SEAMOS RESPONSABLES. Hemos hecho un esfuerzo
económico más allá de nuestras posibilidades. Tratemos de obrar con la mayor
seguridad posible. Es nuestra responsabilidad, compartida con nuestro personal
el no generar canales de contagio. Obremos como la circunstancia lo pide.
Ocupémonos y preveamos. Evitemos lamentar después lo que pudo ser
previsto. De nuestras decisiones dependerá la seguridad del grupo
humano vinculado a la empresa.
Haciendo click aquí podrán descargar la Resolución completa.
Más información info@cema.com.ar